La controversia del artículo 13 de la nueva directiva sobre derechos de autor de la UE.
Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los derechos de autor en el mercado único digital
El ya famoso artículo 13 forma parte
de la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los
derechos de autor en el mercado único digital. Varias enmiendas fueron
propuestas para dicha Directiva, las cuales se aprobaron el pasado 12 de
septiembre de 2018, entre las que se incluye una modificación de la redacción
del artículo 13, y es dicha modificación la que ha reavivado las llamas del
conflicto.
Ya en su primera etapa el
artículo 13 de la Directiva fue objeto de crítica en la Red, desde pequeños
usuarios hasta grandes creadores de contenido, sin embargo, la nueva redacción
del artículo ha provocado que a estos grupos se les unan grandes compañías en
el ámbito de Internet como por ejemplo YouTube, Patreon o incluso Reddit, con
el objetivo de crear más presión dentro del Parlamento Europeo y conseguir así
que se vuelva a modificar la redacción del artículo pues en su estado actual
sería un duro golpe tanto para la industria en Internet como para los usuarios
individuales que verían completamente limitado su acceso al contenido en la
Red.
Hoy en día, la protección de los
derechos de autor en Internet se instrumenta a través de un sistema de
notificación y retirada, es decir, una vez que el contenido es subido a
Internet, existen dos posibilidades; la primera es que el propio dueño de los
derechos de autor notifique a la plataforma en cuestión que se han vulnerado
sus derechos y ésta plataforma proceda a retirar el contenido, mientras que la
segunda alternativa es que el propietario de los derechos de autor incluya su
contenido dentro de un sistema conocido como Content ID, el cual analiza dentro de cada plataforma individual el
contenido que es subido a la misma, y en cuanto detecta cierto contenido que
vulnera los derechos de autor que tiene registrados dentro de su base de datos,
retira automáticamente ese contenido, sin necesidad de mayor actuación por
parte del propietario de los derechos.
El artículo 13 pretende eliminar este
sistema para implantar un sistema de prevención en el que se responsabiliza a
la plataforma en la que se haya subido dicho contenido por la infracción, lo
que obliga a estas plataformas a bloquear automáticamente casi todo el
contenido no directamente aprobado por su Content
ID, por la posibilidad de sufrir las consecuencias de una infracción que
ellos no están cometiendo. En palabras de la empresa multinacional YouTube: “Es como si un librero debiera asumir la
responsabilidad por tener en sus estanterías un libro con fragmentos plagiados”.
En definitiva, la actual redacción
del artículo 13, aunque tiene la buena intención de proteger a los titulares de
derechos de autor, castiga a quien no tiene que castigar, responsabilizando a
las distintas plataformas por el contenido que es subido en las mismas,
provocando así la lógica reacción de bloquear gran parte del contenido,
redundando así en una limitación al acceso a la información de los ciudadanos
de la Unión Europea frente al miedo por parte de empresas extranjeras de
incurrir en alguna sanción, como ya ocurrió con varios diarios estadounidenses
tras la aprobación del nuevo Reglamento General de Protección de Datos a nivel
europeo, lo que acabará forzando a los internautas europeos al uso de VPNs para
liberarse de esta limitación europea de acceso a la información internacional.
Publicado por Alejandro Magallón
Fuente:https://www.youtube.com/saveyourinternet/ ; http://www.europarl.europa.eu/sides/getDoc.do?pubRef=-//EP//NONSGML+TA+P8-TA-2018-0337+0+DOC+PDF+V0//ES
Fuente imágenes: Google imágenes.


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